COMUNICADO
A PROVEEDORES, ACREEDORES NACIONALES Y PÚBLICO EN GENERAL
Además de
los requisitos básicos que solicita el Ministerio de Hacienda, es necesario que
los proveedores del Ministerio de Ambiente y Energía, con respecto a la
Facturación Electrónica, tengan en cuenta lo siguiente:
1. Toda factura debe ser remitida al
siguiente correo electrónico, [email protected] e indicarse en
ASUNTO, Código del Programa, el No. de consecutivo de la Factura Electrónica y
el nombre de la empresa proveedora.
2. Únicamente serán aceptadas para trámite de pago aquellas facturas que sean emitidas en forma electrónica, salvo aquellos casos autorizados por Tributación Directa. Remitiéndose la factura en PDF, así como los XML de envío y de respuesta al Ministerio de Hacienda.
3. La factura debe incorporar el número de cédula física o jurídica, razón social del proveedor (cuando corresponda), cuenta cliente en colones y debidamente registrada en el SIGAF (Sistema de Gestión de la Administración Financiera), Número de pedido de compra. Dichos datos deben coincidir con los indicados en el Pedido de Compra.
4. Toda factura debe realizarse a
nombre del Ministerio de Ambiente y Energía e indicar en el espacio de
observaciones el Código y Nombre del programa presupuestario que realiza la
compra.
5. Las líneas de la factura deben
detallarse en el mismo orden en que se encuentran en el Pedido de Compra, el
cual debe facturarse completo, salvo casos calificados.
6. Cuando se trate de facturas por
concepto de algún servicio, tales como trabajos de mantenimiento preventivo,
correctivo o reparaciones de bienes patrimoniales, etc, debe indicarse el mes
en que se realizó el servicio y el número de placa patrimonial de los mismos,
cuando corresponda.
7. Cuando se trate de facturas por
alquileres, debe indicarse el mes que se está pagando y la dependencia de MINAE
que ocupa las instalaciones por las que se paga el alquiler.
8. La factura y el Pedido de Compra
deben ser totalmente coincidentes en cuanto, cantidades, descripción, precio
unitario y precio total.
9. La fecha de emisión de la factura
debe ser posterior a la fecha de visado la Reserva Presupuestaria o Pedido de
Compra por parte de la Dirección Financiera – Contable, por lo que este
Ministerio no asumirá ningún compromiso que no cuente con dicho visado.