Protocolo COVID-19
Versión: 001
Fecha de elaboración: 7- mayo-2020
Elaborado por:
Yoann Alonso Rojas, Ministerio de Ambiente
y Energía.
Melina Villalobos Rojas, Ministerio de
Ambiente y Energía.
Dalia Rojas Aguilar, Ministerio de
Ambiente y Energía.
Humberto Cerdas Brenes, Ministerio de
Ambiente y Energía.
PG-001. Protocolo para servidores en
planta en todas las oficinas del Ministerio de Ambiente y Energía, para la
reactivación y continuidad de los servicios durante el estado de emergencia nacional
por COVID-19
Aprobado por:
Carlos Manuel Rodríguez
Ministro
ÍNDICE
Índice
Prólogo
1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN
2. DOCUMENTOS Y LINEAMIENTOS DE REFERENCIA
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
4. PRINCIPIOS
5. PRE-REQUISITOS DE IMPLEMENTACIÓN
6. HIGIENE Y DESINFECCIÓN
7. LOGÍSTICA EN EL CENTRO DE TRABAJO
8. ACTUACIÓN ANTE CASOS CONFIRMADOS DE LAS
PERSONAS COLABORADORAS
9. COMUNICACIÓN
10. APROBACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
Anexos
PRÓLOGO
En respuesta a la declaratoria de estado emergencia
nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, oficializada
mediante Decreto Ejecutivo 42227-MP-S producto del COVID-19, el Ministerio de
Salud como ente Rector ha elaborado una serie de Lineamientos con las medidas
sanitarias preventivas contra el COVID-19.
Acatando la Directriz N°082-MP-S1,
"Sobre los protocolos para a reactivación y continuidad de los sectores
durante el estado de emergencia nacional por COVID-19" " el Ministerio de
Ambiente y Energía ha desarrollado este protocolo como herramienta para la
implementación de las medidas sanitarias preventivas establecidas en los
Lineamientos del Ministerio de Salud, dentro de todas las instalaciones de los
centros de trabajo que integran el Ministerio de Ambiente y Energía.
Este documento está sujeto a ser
actualizado permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las
necesidades y lineamientos sanitarios vigentes.
Participantes
Organización
Yoann Alonso Rojas
Melina Villalobos Rojas
Dalia Rojas Aguilar
Humberto Cerdas Brenes
Ministerio de Ambiente y Energía
1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN El
objetivo de la aplicación de este Protocolo es garantizar que en todos los
Centros de Trabajo de la Administración Central del Ministerio de Ambiente y
Energía, se ejecuten las acciones preventivas y de mitigación dictadas por el
Ministerio de Salud, para atender la pandemia del COVID-19.
2. DOCUMENTOS Y LINEAMIENTOS DE REFERENCIA
•
Directrices N°082-MP-S1
Protocolos para la reactivación y continuidad de los sectores durante el Estado
de Emergencia Nacional por COVID-1.1
•
Lineamientos Generales para
reactivar actividades humanas en medio del COVID-19. Versión 3. 2
•
Lineamientos Nacionales para
la Vigilancia de la enfermedad COVID-19. Versión 12.3
•
Lineamientos generales para
oficinas con atención al público (Bancos, correos, instituciones del Estado,
Poder Judicial, empresas privadas de servicios) debido a la alerta sanitaria
por Coronavirus (COVID-19).Versión 1.4
•
Lineamientos generales para
propietarios y administradores de Centros de Trabajo por Coronavirus
(COVID-19). Versión 4.5
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
3.1 Coronavirus (CoV): Los coronavirus son
una extensa familia de virus que pueden causar enfermedades tanto en animales
como en humanos. En los humanos se sabe que varios coronavirus causan
infecciones respiratorias que pueden ir desde el resfriado común hasta
enfermedades más graves como el síndrome respiratorio del oriente medio (MERS)
y el síndrome respiratorio agudo severo (SARS). (OMS, 2020).
3.2 COVID-19: es la enfermedad infecciosa
causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente, se
transmite por contacto con otra que esté infectada por el virus. La enfermedad
puede propagarse de persona a persona a través de las gotículas procedentes de
la nariz o la boca que salen despedidas cuando una persona infectada habla,
tose o estornuda, también si estas gotas caen sobre los objetos y superficies
que rodean a la persona, de modo que otras personas pueden tocar estos objetos
o superficies y luego se tocan los ojos, la nariz o la boca (OMS, 2020).
3.3 Equipo de protección personal (EPP):
son todos aquellos dispositivos, accesorios y vestimentas de diversos diseños
que emplea el trabajador para protegerse contra el COVID-19.
https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2020/04/27/ALCA99_27_04_2020.pdf
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/LS_CS_005_actividades_humanas.pdf
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/lineamientos_nacionales_vigilancion_infeccion_coronavirus_v12_24042020.pdf
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/lineamiento_general_servicios_atienden_publico_v1_17032020.pdf
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/lineamiento_general_centros_trabajo_v4_20032020.pdf
3.4 Desinfección: se refiere al uso de
productos químicos, como desinfectantes para eliminar los virus y bacterias
presentes en las superficies.
3.5 Desinfectantes: Estos virus se
inactivan tras pocos minutos de contacto con desinfectantes comunes como la
dilución recién preparada de cloro (concentración de cloro 1 g/L, preparado con
dilución 1:50 de un cloro de concentración 40-50 gr/L). También son eficaces
concentraciones de etanol 62-71% o peróxido hidrógeno al 0,5% en un minuto. En
caso de usar otros desinfectantes, debe asegurarse la eficacia de estos.
Siempre se deben utilizar de acuerdo a lo indicado en las Fichas de Datos de
Seguridad.
3.6 Limpieza: Se refiere a la eliminación
de suciedad e impurezas de las superficies. Este proceso no elimina los virus y
bacterias que se encuentren adheridos a las superficies.
3.7 Mascarillas: Las mascarillas son un
producto sanitario que permite tapar la boca y las fosas nasales para evitar el
ingreso agentes patógenos a las vías respiratorias y contagiarse de
enfermedades.
3.8 MINAE: Ministerio de Ambiente y
Energía.
3.9 OMS: Organización Mundial de la Salud.
4. PRINCIPIOS
La Oficialía Mayor-Dirección Ejecutiva del
Ministerio de Ambiente y Energía, en calidad de representante del Despacho
Ministerial, se compromete a hacer cumplir en todos los Centros de Trabajo e
instalaciones de la Administración Central del Ministerio de Ambiente y
Energía, los principios aceptados de buena conducta en el contexto de la pandemia,
incluso cuando las situaciones se tornen aún más difíciles. Los principios en
los cuales se basará este Protocolo se enlistan a continuación:
a) Rendición de cuentas
b) Transparencia
c) Comportamiento ético
d) Construcción colectiva con las partes
interesadas
e) Respeto al principio de legalidad
f) Respeto a los derechos humanos.
5. PRE-REQUISITOS DE IMPLEMENTACIÓN.
5.1 Como referencia para este Protocolo,
al ser el Ministerio de Ambiente y Energía, una institución del estado con
oficinas de atención al público, se emplearán lo siguientes lineamientos que
son los aplicables:
•
Lineamientos generales para
oficinas con atención al público (Bancos, correos, instituciones del Estado,
Poder Judicial, empresas privadas de servicios) debido a la alerta sanitaria
por Coronavirus (COVID-19).Versión 1.
•
Lineamientos generales para
propietarios y administradores de Centros de Trabajo por Coronavirus
(COVID-19). Versión 4.
5.2. Las versiones actualizadas de estos
lineamientos serán utilizadas en todos los Centros de Trabajo de todos los
centros de reuniones y en las Unidades Administrativas, Departamentos,
Direcciones y Despacho Ministerial que componen el Ministerio de Ambiente y
Energía.
6. HIGIENE Y DESINFECCIÓN.
6.1 Generalidades
6.1.1 La limpieza y desinfección de las
instalaciones del MINAE se realizará diariamente por parte del equipo de
limpieza contratado. Los procedimientos, así como los insumos, desinfectantes y
soluciones de limpieza que se utilizarán, serán en apego a los lineamientos del
Ministerio de Salud.
6.1.2 Se utilizarán los protocolos
emitidos por el Ministerio de Salud, para el lavado de manos, para formas de
saludar sin contacto, y para tos y estornudo. Estos protocolos estarán escritos
en documentos que se colocarán en las oficinas que componen los distintos
Centros de Trabajo de la Administración Central del MINAE.
6.1.3 La Oficialía Mayor-Dirección
Ejecutiva del Ministerio de Ambiente y Energía, se comprometerá a garantizar
que en todas las oficinas de la administración central del MINAE, se cumplan
con las medidas de higiene y desinfección.
6.2 Procedimiento de limpieza y
desinfección
6.2.1 Las actividades a realizar para el
procedimiento de higiene de manos son:
a) Actividades para el lavado:
•
Todos los servicios sanitarios
estarán equipados con agua potable, jabón antibacterial, y papel higiénico.
b) Actividades para el enjuague y secado
•
Todos los servicios sanitarios
estarán equipados con agua potable y toallas desechables para el secado de
manos.
•
Todos los baños tendrán
basureros con tapa para la eliminación de las toallas desechables.
c) Actividades para la desinfección con
productos eficaces contra el virus
•
Se limpiarán las superficies
que son manipuladas con frecuencia con solución de alcohol del 70% o
desinfectante de uso doméstico biodegradable.
6.2.2 Se implementará el Plan de Limpieza
diario ya establecido, que consiste en:
a)
Barrido y limpieza general
diaria en todas las oficinas, áreas de comedor y demás áreas ubicadas en la
institución.
b)
Limpieza general explanadas y
piletas.
c)
Limpieza, desinfección y
desodorizarían de los servicios sanitarios, lavatorios, piletas, azulejos,
espejos y lavatorios.
d)
Limpieza de mobiliario, tales
como: sillas, escritorios, computadoras, impresoras, archivos, estantes, mesas,
bibliotecas, teléfonos, fotocopiadoras, faxes, ventiladores entre otros.
e)
Asear a diario las cocinas o
comedores dónde existan, así mismo, los hornos de microondas por dentro y por
fuera, refrigeradoras por dentro y por fuera, muebles, fregaderos, mesas,
sillas y otros.
f)
Aspirado y limpieza de las
alfombras que se encuentren en la institución.
g)
Limpieza completa de puertas,
ventanas, paredes, rodapiés, vidrios internos, muebles, tomacorrientes y
apagadores, en todas las instalaciones.
h)
Limpieza profunda de lugares
de estacionamiento de vehículos (Carros, motocicletas, etc.) barrer y lavar
cada semana los parqueos y utilizar los materiales especiales que no dañen el
ambiente, para remover las manchas de aceite, hongos y suciedad.
El Plan de Limpieza diario, deberá ser modificado
y reforzado para dar atención especial para acatar las medidas de prevención en
cuanto a:
a)
La limpieza de los puntos
críticos (comedores, vitrinas, manijas de puertas y ventanas, interruptores,
reloj marcador, escritorios, superficies de mesas, llaves de agua, ascensor,
pasamanos, teléfonos, equipo de cómputo) será realizada cada 2 horas por parte
del equipo de limpieza.
b)
Se utilizará una solución de
alcohol del 70% o desinfectante de uso doméstico biodegradable, y paños de
algodón, que deberán ser lavados con jabón en polvo posterior a su uso para
desinfectarlos.
c)
Se utilizará la bitácora de
limpieza y desinfección de puntos críticos adjunta en los anexos, para la
revisión del cumplimiento.
d)
El Departamento de Servicios
Generales se encargará de colocar esta bitácora de forma visible en cada centro
de trabajo, y comunicar de forma oportuna por estos cambios al personal de
limpieza, para que estén debidamente informados.
6.2.3 La empresa de limpieza Mantenimiento
Total S.A.I, deberá comunicar con suficiente anticipación a la jefatura del
Departamento de Servicios Generales, sobre cualquier cambio de personal en el
grupo de trabajo, ello en virtud de que todo integrante de ese equipo de
trabajo, deberá estar debidamente informado y capacitado sobre el presente
Protocolo.
Actualmente, los colaboradores de ese
equipo de trabajo en limpieza son:
1.
Aydee Castro González
2.
Ana Isabel Fernandez Zamora
3.
Maria Concepción Flores Gomez
4.
Eddy Hernández Toval
5.
Yorleni Jimenez Umaña
6.
Mauricio Mejia Angulo
7.
Patricia del Socorro Nuñez
8.
Miuren Yamileth Obando Urbina
9.
Rosa Angelina Vilches Rojas
De parte del Departamento de Servicios
Generales, la persona que dará apoyo a este equipo de trabajo en labores de
limpieza, será el señor Edgar Granados Calvo.
6.3 Productos de limpieza y desinfección.
6.3.1 Se utilizará una solución de alcohol
del 70% o desinfectante de uso doméstico biodegradable, para la limpieza y
desinfección de superficies que son manipuladas con frecuencia. La limpieza de
pisos se realizará con desinfectante biodegradable con evidencia científica
(certificación) por parte de un tercero acreditado por el ECA.
6.3.2 Las superficies del baño, y el
inodoro deberán ser limpiadas con material desechable y desinfectadas
diariamente con un desinfectante doméstico que contenga cloro a una dilución
1:100 (1 parte de cloro y 99 partes de agua), preparado el mismo día que se va
a utilizar (10 ml de cloro al 5% por cada litro de agua).
6.3.3 Se dará prioridad al uso de
utensilios desechables, en caso de no disponer de estos se utilizarán paños de
algodón para la limpieza de las superficies que son manipuladas con frecuencia.
Posterior a cada uso, los mismos deberán ser lavados con detergente en polvo y
agua.
6.3.4 Para el barrido de los pisos, se
utilizará escoba corriente de fibra de nylon y un gancho para piso con base
metálica, y para el limpiado de los pisos, se utilizará mecha para limpiar tipo
industrial (trapeador).
6.3.5 Para recoger y depositar basura, se
usarán bolsas de color negro (pequeñas, medianas, grandes, para jardín, extra
grandes, entre otras), fabricadas con material reciclable en al menos un 50 % o
bolsas que utilicen las tecnologías oxo, o biodegradables, con un plazo de
biodegradación de 1 año como máximo.
6.3.6 El Departamento de Servicios
Generales deberá dotar a sus choferes un kit de limpieza básico que incluya,
una solución de alcohol del 70% o desinfectante de uso doméstico, toallas
desechables, y bolsas para recolectar los desechos. Deberá coordinar los
trabajos de limpieza de los vehículos de la institución, con los choferes
haciendo uso de los kits de limpieza, para desinfectar las llaves de los
vehículos, las manijas de las puertas, el volante, palanca de cambios, y
superficies de contacto frecuente. Posteriormente esas toallas deberán ser
desechadas y puestas en un basurero con tapa.
6.4 Los puntos críticos para la
desinfección son los siguientes:
a)
Comedores, superficies de
mesas y escritorios
b)
Vitrinas, manijas de puertas y
ventanas
c)
Interruptores
d)
Reloj marcador
e)
Llaves de agua.
f)
Ascensores
g)
Pasamanos.
h)
Aparatos telefónicos. Y
Equipos de cómputo (Fax, fotocopiadoras, escáner, teclados, pantallas y ratón).
6.5 Equipo de protección personal (EPP)
6.5.1 Los funcionarios y funcionarias que
trabajen en lugares altamente concurridos, como recepcionistas, secretarias y
choferes deberán utilizar mascarillas a la hora de realizar esas labores.
6.5.2 Para la atención de pacientes en el
Consultorio Médico, la Doctora deberá utilizar mascarilla y guantes.
6.5.3 Los funcionarios deberán hacer uso
correcto de las mascarillas, procurando que cubra toda la nariz y boca. No
deberán tocar la parte de afuera de la mascarilla, únicamente manipularla por
las tiras.
6.5.4 Los funcionarios deberán realizar un
lavado de manos antes de colocarse la mascarilla, y posterior a su retiro,
deben descartarla y lavarse las manos.
6.5.5 Todo personal de limpieza utilizará
guantes para realizar la recolección de desechos.
6.5.6 La empresa contratada por el MINAE
para realizar la limpieza de las instalaciones de la Administración Central,
está obligada a proporcionar mascarillas, guantes y cualquier otro implemento
de protección personal a sus colaboradores, a fin de cumplir debidamente con el
presente Protocolo.
6.5.7 El Departamento de Servicios Generales
está obligado a proporcionar mascarillas, guantes y cualquier otro implemento
de protección personal, a cualquier funcionario de la Administración Central
del MINAE que realice labores de limpieza, a fin de cumplir debidamente con el
presente Protocolo.
6.6 Manejo de residuos
6.6.1 El personal de limpieza realizará la
recolección de residuos y basura como mínimo dos veces al día y cada vez deberá
ponerse una bolsa nueva en el basurero. Los residuos deberán ser llevados al
contenedor de basura principal del edificio.
6.6.2 La recolección de basura depositada
en el contenedor principal del edificio será realizada por los recolectores de
la Municipalidad de San José, según su programación. Esta recolección de
residuos será realizada acorde a la Ley para la Gestión Integral de Residuos.
7. LOGÍSTICA EN EL CENTRO DE TRABAJO
7.1 Plan de continuidad del servicio u
operativo.
No se cuenta con un plan de continuidad,
dado que los servicios del MINAE se han mantenido operando.
7.2 Turnos y horarios.
7.2.1 El horario definido para las
personas que laboran en las oficinas de la Administración Central del MINAE,
será de 7:00 am a 3:00 pm, salvo aquellas debidamente autorizadas para laborar
en horarios flexibles (por ej. 8:00am a 4:00pm etc).
7.2.2 Cada Jefatura estará en la
obligación coordinar lo pertinente en cuanto a turnos y roles de los
funcionarios de su Centro de Trabajo, en caso que se requiera que haya
funcionarios que trabajen de manera presencial.
7.2.3 Cada jefatura deberá coordinar con
sus colaboradores la manera que se implementaran los horarios de alimentación
diferenciados.
7.3 Distanciamiento entre personas en el
lugar de trabajo
7.3.1 Cada Jefatura dará prioridad a la
modalidad de trabajo no presencial (Teletrabajo), siempre y cuando el tele
trabajador y las funciones que este realiza cumplan lo correspondiente, según
lo establece la normativa vigente.
7.3.2 Las jefaturas deberán priorizar las
reuniones virtuales, y en caso de ser estrictamente necesario realizar una
reunión presencial, la jefatura o coordinador de la misma, deberá realizar la
distribución del espacio, de tal manera que exista una distancia mínima de 1.80
metros entre los participantes. Las reuniones deberán ser con la cantidad
mínima de participantes posible, y no tener una duración mayor de 1 hora.
7.3.3 Los viajes oficiales al extranjero
estarán suspendidos, hasta que no sea permitido por el nivel de alerta
sanitario.
7.3.4 La atención a proveedores y usuarios
deberá realizarse mediante programación de citas, dando prioridad dentro de lo
posible a las formas no presenciales ya sea por teléfono o correo electrónico o
video conferencia.
7.3.5 En cada una de las oficinas de cada
Centro de Trabajo, las jefaturas están obligadas a que exista una separación de
al menos 1.80 metros entre una persona y otra. El departamento de Servicios
Generales colocará marcas en el piso, a una distancia de 1.80 metros cada una,
en los sitios donde se atienda alto volumen de usuarios, a fin de utilizarse
una marca-una persona.
7.3.6 En los tiempos de descanso, el
comedor deberá mantenerse con una capacidad del 50%, y un distanciamiento de
1.80 metros, no se permitirá compartir alimentos o utensilios.
7.3.7 En el elevador principal solamente
se permitirá 2 personas por turno manteniendo la distancia de 1.80, y en el
elevador de mantenimiento solamente una persona por turno. El uso de las gradas
deberá ser priorizado en un sentido único.
7.3.8 El Departamento de Servicios
Generales deberá instalar mamparas de plástico, con medidas de un metro de
ancho y setenta y cinco centímetros de alto en todos aquellos lugares de
atención de personas, la cual deberá estar ubicada entre la persona que atiende
y la persona que es atendida.
7.4 Hábitos de higiene de cada colaborador
en lugar de trabajo:
7.4.1 Todos los funcionarios deberán
mantener una adecuada higiene de manos, la cual deberá ser rigurosa y
frecuente, acatando el protocolo de lavado de manos del Ministerio de Salud. En
caso de no poder realizar el lavado por determinada situación, deberá utilizar
alcohol en gel, hasta que llegue el momento de realizar el lavado de manos
respectivo.
7.4.2 Todos los funcionarios deberán
acatar el protocolo de tos y estornudo, además cubrirse su boca con un pañuelo
desechable y descartarlo después. Posteriormente deberán realizar el lavado de
manos.
7.4.3 Los funcionarios con síntomas o
signos de resfrío o gripe no deberán asistir a lugares de trabajo a realizar
trabajo presencial, deberán informar a su jefatura inmediata, y acudir a un
centro de salud para su valoración.
8. ACTUACIÓN ANTE CASOS CONFIRMADOS DE LAS
PERSONAS COLABORADORAS
8.1 En el caso de existir un caso
confirmado de COVID 19, el funcionario deberá realizar aislamiento en casa por
14 días, y acatar todas las indicaciones establecidas en la orden sanitaria del
Ministerio de Salud, y las indicaciones del centro de salud donde se le realizó
la atención.
8.2 El funcionario que sea un caso
confirmado deberá notificar inmediatamente a su jefatura directa, adjuntar
mediante correo electrónico una copia de la orden sanitaria emitida por el área
rectora del ministerio de salud, y deberá proporcionar una lista de contactos
cercanos con nombre y número telefónico. La jefatura deberá remitir esta
información a la comisión de COVID-19 del MINAE para su seguimiento respectivo.
8.3 Los contactos cercanos asintomáticos
de un caso confirmado deberán aislarse en casa por 14 días, los cuales se
contarán a partir del último día que tuvo contacto con el caso confirmado.
8.4 Los contactos sintomáticos de un caso
confirmado que desarrollen síntomas, se manejará como un caso sospechoso, y se
procederá a realizar abordaje respectivo por parte del centro de salud de la
CCSS, que debe incluir la toma de muestra, y el aislamiento en casa según el tiempo
que indique la orden sanitaria.
8.5 La Comisión de COVID-19 del MINAE,
será la encargada de llevar un registro de casos confirmados, mediante una
bitácora. Se levantará una lista de los contactos directos de los casos
confirmados, la cual incluirá nombre completo, número telefónico, y correo
electrónico.
8.6 La comisión de COVID-19 del MINAE
enviará la lista de contactos al área rectora del Ministerio de Salud (en caso
que esto no se haya realizado anteriormente por parte del centro de salud donde
se realizó el abordaje inicial).
8.7 En el caso que un funcionario asista
al Centro de Trabajo, y presente síntomas por COVID-19 que cumplan con la
definición de caso sospechoso, se deberá brindar un cubre bocas, y enviarse
directamente a su casa, con la instrucción de contactar al Ministerio de Salud
al número 1322.
8.8 El departamento en donde estuvo
trabajando un caso confirmado, o un caso sospechoso deberá ser desinfectado
rigurosamente acatando los lineamientos del Ministerio de Salud, así también
como áreas comunes o sitios que haya visitado en el lugar de trabajo.
9. COMUNICACIÓN
9.1 Para garantizar, que los funcionarios
tengan a su disposición información actualizada y veraz con respecto al
COVID-19, se procederá a realizar lo siguiente:
a) Revisión periódica de la información
brindada por el Ministerio de Salud, mediante sus medios de comunicación
(página web y redes sociales) por parte de la Comisión de COVID-19 del MINAE.
b) El Departamento de Comunicación
Institucional será el encargado de divulgar esta información mediante el correo
institucional y redes sociales.
c) El Departamento de Comunicación
Institucional enviará por correo electrónico a todos los funcionarios del
MINAE, el video de los síntomas principales del covid-19, que fue elaborado por
el consultorio médico y este departamento. También se encargara de enviar las
infografías creadas por el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense del
Seguro Social sobre los síntomas de la enfermedad por COVID-19.
9.2 Este Protocolo, deberá ser aprobado
por el Ministro de Ambiente y Energía, para posteriormente ser enviado a todos
los funcionarios del MINAE vía correo electrónico.
10. APROBACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
10.1 Aprobación por parte del Ministro de
Ambiente y Energía.
10.1.1 Se aprueba este protocolo, el día
14 de mayo de 2020.
M.Sc Carlos Manuel Rodríguez
Ministro de Ambiente y Energía
ANEXOS
Protocolo de Tos y Estornudo
Protocolo de Lavados de Manos
¿Cuándo hay que lavar las manos?
Formas de Saludar
Bitácora para registro de Limpieza y
Desinfección
Bitácora de limpieza y desinfección de
puntos críticos Nombre del misceláneo Fecha Hora Firma