REGLAMENTO DE INCORPORACIÓN DE VARIABLE AMBIENTAL EN
PLANES REGULADORES Y OTROS INSTRUMENTOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
El Reglamento de incorporación de variable
ambiental en planes reguladores y otros instrumentos de ordenamiento territorial
(RIVAIOT) es un esfuerzo por mejorar y actualizar el método de
incorporación de la variable ambiental en instrumentos de ordenamiento
territorial.
El RIVAIOT surge en acatamiento de una
disposición de la Contraloría General de la República en el
DFOE-AE-IF-00008-2017, Informe de la Auditoría Operativa acerca de la Eficacia
y Eficiencia del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica, dictada a la
Secretaría Técnica Nacional Ambiental, en la cual se solicitó reestructurar el
proceso de incorporación de la variable ambiental en los instrumentos de
ordenamiento territorial.
Así como en atención de lo establecido en
el artículo 31 del Decreto Ejecutivo N°42.562-MINAE-MAG-TUR-PLAN-MIVAH, emitido
en setiembre del 2020, que textualmente establece que: "En un plazo no mayor a
dos años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, el
MIVAH, en coordinación con MINAE y SETENA (definido por el Poder Ejecutivo),
deberá emitir un nuevo reglamento que establezca la metodología y el orden de
la incorporación de la variable ambiental en los planes reguladores".
Actualmente, 53 años después de promulgada
la Ley N°4042, Ley de Planificación Urbana, de las 82 municipalidades en el
país, solo 41 cuentan con plan regulador vigente, de los cuales solo 17 tienen
una cobertura sobre la totalidad del territorio cantonal y de estos sólo 5
tienen la viabilidad ambiental aprobada por SETENA. Adicionalmente, existen 19
cantones en el país que no tienen un plan regulador y no han iniciado ningún
proceso para su elaboración desde la puesta en vigencia de la Ley de
Planificación Urbana en 1968.
Por otra parte, el Decreto Ejecutivo
32967-MINAE "Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación del
Impacto Ambiental (Manual de EIA)-Parte III" tiene 15 años de estar vigente y
no se le ha realizado ninguna actualización ni modificación. Es necesario que,
ante los avances de las metodologías de análisis de variables, la actual
disponibilidad de datos e información y la posibilidad de incorporar variables
climáticas fundamentales, se actualice.
El proceso de elaboración del RIVAIOT se
estructuró en cuatro etapas:
·
Etapa 1.
Elaboración
preliminar de la propuesta: Trabajo conjunto por parte de la SETENA y el MIVAH,
para elaborar la propuesta preliminar de metodología para la incorporación de
la variable ambiental en planes reguladores y otros instrumentos de
ordenamiento territorial.
·
Etapa 2.
Consulta con
instituciones del gobierno nacional: Diálogo y consulta de la propuesta
metodológica a nivel del gobierno nacional, con las instituciones con
competencias relacionadas con las variables incorporadas en la metodología y
con los planes reguladores. Estas instituciones fueron: INVU, ICT, CNE, DCC,
AYA, SENARA, Dirección de Aguas, INTA y SINAC. Las observaciones realizadas por
dichas instituciones fueron sistematizadas y de esta interacción, surgió la
segunda versión de la metodología propuesta.
·
Etapa 3.
Consulta
preliminar con los gobiernos locales y otros actores clave: consulta escrita a
los gobiernos locales, así como a consultores y otros actores clave de quienes
se espera obtener retroalimentación estratégica considerando su experiencia en
la materia. Las observaciones recibidas se sistematizarán y darán origen a la
tercera versión de la metodología. Así mismo a los consultores, colegios
profesionales y sector privado, la retroalimentación recibida por parte de
ellos se considerará en la mejora de la metodología de cara a la formulación de
la versión que iría a consulta pública.
·
Etapa 4.
Consulta
pública: Consulta legal amplia y abierta al público en general, de conformidad
con el artículo 361 de la Ley N° 6227, Ley General de Administración Pública.
Ésta será publicitada en el Diario Oficial La Gaceta, así como en otros foros
relevantes.
A partir de enero del 2022 se pondrá a
disposición de toda la población, la propuesta de reglamento de incorporación
de variable ambiental en planes reguladores y otros instrumentos de
ordenamiento territorial (RIVAIOT) para que puedan realizar sus aportes y
mejorar la propuesta metodológica.