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POLÍTICA DE ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD DEL SECTOR PÚBLICO (NICSP) PARA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Se remite la Política de Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) para el Ministerio de Ambiente y Energía, para información y acatamiento obligatorio de todos(as) los(as) colaboradores(as) de la Institución, esto, según su competencia.

CONSIDERANDO

Las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) son el marco contable establecido por la Junta Internacional de Normas Contables para el Sector Público (IPSASB por sus siglas en inglés), con las cuales se pretende unificar los tratamientos contables de las Entidades Públicas globalmente.

Dentro de los principales beneficios de la implementación de las NICSP se encuentra la transparencia y la rendición de cuentas, la estandarización y comparabilidad de la información contable, la toma de decisiones con información fiable, mejora de datos contables en los procesos y controles internos, razón por la cual, el Gobierno de Costa Rica, ha iniciado el camino hacia la modernización de la gestión gubernamental con la Ley N°8131 del 18 de setiembre del 2001, "Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y su Reglamento, en la que se establece como ente rector del Sistema de Administración Financiera a la Dirección General de Contabilidad Nacional (DGCN).

Como consecuencia de lo anterior, empezó a regir el Decreto No.34918-H, denominado "Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), en el Ámbito Costarricense, siendo aplicable a todas las instituciones que son regidas por el Subsistema de Contabilidad Nacional, establecido en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos No.8131 del 18 de setiembre del 2001.

OBJETIVO GENERAL:

Que el MINAE adopte dentro del plazo señalado en la Ley Nº 9635 Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (1° de enero del 2023), las Normas Internacionales del Contabilidad del Sector Público con la finalidad de implementar estándares internacionales de contabilidad y así responder a la necesidad de mejora en la calidad de la información financiera que se genera por parte del ministerio y enfrentar así, problemas como la falta de transparencia, dificultad para establecer comparaciones, existencia de normas poco fiables y la corrupción administrativa.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

1.       Contar con el apoyo político del máximo jerarca institucional en el proceso de implementación de las NICSP.

2.       Contar con el apoyo operativo de los jefes de los diferentes programas presupuestarios del MINAE a fin de que rindan información fiable a las fuentes primarias de información con el objetivo de cumplir con los requerimientos por parte de la Dirección General de Contabilidad Nacional.

3.       Velar porque todos los integrantes del Sistema de Administración Financiera cumplan con el requisito de "Integración" de la información del SIGAF.

4.       Comprobar el grado de implementación de las NICSP en el MINAE mediante el análisis de las matrices de autoevaluación facilitadas por la Dirección General de Contabilidad Nacional.

5.       Definir las brechas para el cumplimiento de las Normas NICSP aplicables al MINAE.

6.       Comunicar a las diferentes fuentes primarias de información las brechas detectadas por parte de la Comisión NICSP, para la generación de los planes de trabajo a fin de enmendarlas.

7.       Dar seguimiento y verificar la existencia de avances reales a los planes de trabajo elaborados por las fuentes primarias de información para la implementación de las NICSP.

8.       Comunicar a la Dirección General de Contabilidad Nacional, de forma trimestral, los avances reales sobre la implementación de los planes de acción para el cierre de las brechas.

9.       Creación de una Unidad Administrativa encargada de dirigir y coordinar la planificación, programación, organización, ejecución, control y evaluación en el proceso de implementación de las NICSP.

10.   Dotar con recursos materiales, tecnológicos y humanos a la Unidad Administrativa para el proceso de implementación de las NICSP.

11.   Capacitar a los funcionarios del MINAE en materia NICSP, incluidos al personal de los Departamentos Administrativos de los diferentes programas presupuestarios del MINAE.

12.   Dotar de sistemas informáticos y tecnológicos a todas las dependencias para facilitar el registro, control y trazabilidad de todos los procesos de la gestión institucional.

13.   Definir responsables y roles de las diferentes jerarquías para el proceso de implementación de las Normas NICSP: fuentes primarias de información (Proveeduría Institucional, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Financiero Contable, Dirección Asesoría Jurídica); jefes de los diferentes programas presupuestarios del MINAE y entes técnicos (Dirección de Planificación y Tecnologías de la Información).

14.   Fortalecer diversos aspectos conceptuales y funcionales de la administración financiera del MINAE, haciendo hincapié en la integración de los sistemas que la componen, su estructura y fortalecimiento del registro contable e instaurar una serie de pautas y guías de aplicación de las Políticas Contables a los fines de facilitar la implementación de las NICSP y así cumplir finalmente con el plazo señalado en la Ley Nº 9635 Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (1° de enero del 2023).

15.   Adaptar el Sistema Integrado de Administración Financiera a los nuevos requerimientos de las NICSP.

16.   Promover la implementación de las Normas NICSP, resaltando las ventajas y beneficios que el mismo traerá a nivel institucional y de país.

17.   Establecer procedimientos ante los sesgos detectados.

18.   Trabajar en forma conjunta con los Órganos de Control (Contraloría General de la República, Dirección de Contabilidad Nacional, Auditoría Interna) a efectos de garantizar el éxito de la implementación de las Normas NICSP.

MARCO CONTABLE

Considerando que la Contabilidad Nacional, como Órgano Rector del Subsistema de Contabilidad Pública, atendiendo sus deberes y funciones, como núcleo integrador de la información de la Administración Financiera, estima de innegable interés público implementar la Versión 2018 de las NICSP al igual que las Políticas Contables Generales basadas en ese marco normativo por parte de las instituciones del Sector Público, considerados Entes Contables Públicos.

Es que, con la finalidad de cumplir con los requerimientos de la Ley N°9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, a solicitud de la Dirección Financiero Contable del MINAE mediante oficio DM-551-2022 de fecha 20 de setiembre del 2022 del Despacho Ministerial se oficializaron y adoptaron, los siguientes documentos:

·         Manual Funcional de Cuentas Contables (Para el Sector Público Costarricense No Empresarial y No Financiero).

·         Plan de Cuentas Contables NICSP.

·         Plan General de Contabilidad - Políticas Contables.

·         Manual de Procedimientos Contables.

MARCO JURÍDICO

1.       Constitución de la República de Costa Rica.

2.       Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (LAFRPP).

3.       Reglamento de la Ley (RLAFRPP).

4.       Decretos Ejecutivos para la Implementación Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), a saber:

5.       Decreto Ejecutivo Nº 34029-H-2007 Adopción e implementación de las NICSP; o Decreto Ejecutivo Nº 34460-H-2008 Establece Principios de Contabilidad básicos hasta tanto se implementen las NICSP.

6.       Decreto Ejecutivo Nº 34918-H-2008 Adopción e implementación de las NICSP traducidas al Español por la IFAC con aplicación a partir del ejercicio cerrado al 31/12/2012.

7.       Decreto Ejecutivo Nº 36961-H-2012 Se prorroga la fecha del primer ejercicio cerrado de acuerdo con NICSP al 31/12/2016.

8.       Clasificador Institucional del Sector Público Costarricense (CISPC)

9.       Clasificador Funcional del Sector Público Costarricense (CFSPC), y

10.   Manual de Estadísticas de las Finanzas Públicas

METAS:

·         Mejora sustantiva de la calidad de la información financiera que se genera en los distintos órganos involucrados en la gestión institucional.

·         Facilitar los procesos de toma de decisiones.

·         Que los funcionarios(as) de los departamentos administrativos de los diferentes programas presupuestarios estén capacitados respecto a las Normas NICSP.

·         Sensibilizar a la comunidad del MINAE sobre los beneficios que traerá la implementación de las NICSP a la institución, en la que se podrá mostrarse una mejor información financiera.

·         Dotar de capacitación homogénea en materia de NICSP a la comunidad MINAE con el fin de evitar la dispersión de esfuerzos y la falta de coordinación entre los distintos niveles institucionales de la administración financiera del Sector Público.

ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN, COMUNICACIÓN, SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS NICSP

·         Generación de manuales de procedimientos por parte de las fuentes primarias de información.

·         Reuniones periódicas con los responsables de las fuentes primarias de información.

·         Emisión de directrices tanto del Jerarca como de los responsables de las fuentes primarias de información.

·         Elaboración de planes de trabajo por parte del supervisor (fuentes primarias de información)

·         Elaboración de informes periódicos por parte de los supervisados (jefes de los programas presupuestarios del MINAE).

·         Evaluación de los resultados obtenidos de los planes de trabajos.

·         Definición de los responsables de los diferentes procesos.

·         Definición de plazos.

POR TANTO, SE DETERMINA

1.       Las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Publico (NICSP), no son un asunto solamente contable sino que repercute en toda la estructura organizacional de cada Institución debido a que la información que se requiere para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los Estados Financieros dependiendo de las unidades primarias que intervienen de una u otra forma en la Administración Financiera, como por ejemplo: las áreas de ingresos; Financieras; Recursos Humanos; Asesoría Legal; Proveeduría, Tesorería; Presupuesto; Planificación; Control Interno; Unidades Técnicas, Servicios Generales, entre otros, de acuerdo con las particularidades de la entidad.

2.       El Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) en concordancia con lo planteado por el Gobierno de la República, el Ministerio de Hacienda y reconociendo la rectoría de la Dirección General de Contabilidad Nacional establecida en la normativa vigente de acatamiento obligatoria para el Sector Público, en lo que le corresponde, asume como marco legal y técnico en materia contable el Manual Funcional de Cuentas Contables (Para el Sector Público Costarricense No Empresarial y No Financiero), Plan de Cuentas Contables NICSP, Plan General de Contabilidad - Políticas Contables y Manual de Procedimientos Contables de MINAE que incluye en los procesos lo relativo a las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP).

3.       El Ministerio utilizará las herramientas informáticas que defina y provea el Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de crear auxiliares cuando lo considere necesario y corresponda, a fin de generar la información requerida por el ente rector y facilitar cualquier proceso interno necesario de respaldo.

4.       Es responsabilidad del Jerarca del MINAE tomar las decisiones para que la institución cumpla con lo dispuesto en la legislación y la normativa vigente sobre las NICSP.

5.       Para cumplir con un adecuado proceso de adopción e implementación de las NICSP en el MINAE se integró la Comisión Institucional de Adopción e Implementación de las NICSP, conforme indicaciones de la Dirección General de Contabilidad Nacional mediante oficio DCN-1527-2020 del 04 de diciembre del 2021.

6.       Esta Comisión deberá establecer la estrategia de Implementación de las Normas NICSP por medio de elementos básicos como la coordinación, comunicación, ejecución y seguimiento, que servirán como medio de control del cumplimiento de los planes de acción para el cierre de las brechas identificadas para la adopción de las NICSP.

7.       Se autoriza a la Comisión a instruir y solicitar lo que corresponda a las diferentes fuentes primarias de registro y los Directores (as) de los programas presupuestarios, los cuales fungen como auxiliares de las fuentes primarias de información, para cumplir así, con los requerimientos solicitados por la Dirección General de Contabilidad Nacional, en el marco del proceso de adopción e implementación de las NICSP en el MINAE.

8.       Se autoriza a la Comisión a instruir y solicitar lo que corresponda a las diferentes fuentes primarias de registro y Directores(as) de los programas presupuestarios para que cumplan con los requerimientos solicitados por la Dirección General de Contabilidad Nacional, en el marco del proceso de adopción e implementación de las NICSP en el MINAE.

9.       La Comisión será la responsable de coordinar con la Oficialia Mayor y la Dirección de Recursos Humanos las acciones para que todos los actores que participen en el proceso de adopción e implementación de las NICSP en el MINAE reciban la capacitación oportuna en dicha materia.

10.   La Comisión será la responsable de dar seguimiento al cumplimiento del proceso de las NICSP del MINAE y velar porque la implementación se efectué según los lineamientos establecidos por el Rector en la materia.

11.   La Oficialía Mayor será la responsable de evaluar con una visión integral, las implicaciones que para la institución, conlleve la implementación de la normativa contable internacional. Además, deberá asesorar a los jerarcas institucionales acerca de las decisiones que se deben tomar para lograr la exitosa implementación de dicha normativa y tomar las decisiones respecto al rol y tareas que tiene que desempeñar la estructura organizacional bajo su responsabilidad.

12.   La Oficialía Mayor será la responsable de gestionar y coordinar con las instituciones externas y dependencias internas del MINAE todos los recursos necesarios (humanos, técnicos, materiales, financieros, de capacitación, entre otros), a fin de garantizar que las Fuentes Primarias de Registro así como los Directores(as) de los programas presupuestarios como auxiliares de las fuentes primarias de información lleven a cabo la implementación de las NICSP, según requerimientos de la Comisión NICSP del MINAE.

13.   La Dirección Financiera Contable será la responsable de asesorar, capacitar e instruir en materia contable a todos los actores del proceso de implementación de las NICSP, a fin de que se garantice su cumplimiento.

OFICIALÍCESE

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