7 de Octubre 2022
MINAE se opone a la explotación de
geotermia de los Parques Nacionales
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País cuenta con capacidad instalada
suficiente para abastecer de energía
eléctrica
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Esto abriría portillos graves
o daños irreparables en los Parques Nacionales
y ASP
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El cambio de uso de suelos en
Parques Nacionales está prohibido
El ministro de Ambiente y Energía, Franz
Tattenbach, reafirmó a la Asamblea Legislativa, mediante DM-594-2022, que desde
el MINAE se está en contra de la
exploración, explotación y aprovechamiento del recurso geotérmico para
la generación de energía, en Parques Nacionales (PNs), o Áreas Silvestres
Protegidas (ASP), como el Parque Nacional Guanacaste, Parque Nacional Volcán
Tenorio y Parque Nacional Volcán Arenal, ya que atenta contra la normativa de
creación y protección de los PNs de Costa Rica y cambia la visión y destino,
que por años, nuestro país a resguardadó con gran éxito en la conservación de
recursos naturales.
Esta oposición incluye el proyecto de ley N. 21.244 fue presentado en febrero del 2019, yel cual está actualmente estaba en la corriente legislativa.
"Si bien, la producción de energía eléctrica es
un servicio público que beneficia a toda la población, la explotación de la
geotermia no deja de ser en sí misma una actividad comercial, lo que abre
portillos graves, para que los Parques Nacionales sean vistos como reservas de
recursos que luego se puedan explotar en forma comercial, lo que incluiría
recursos como el agua. Ante la seriedad de estos hechos, es que estamos
totalmente en contra".
"Además, la construcción de infraestructura a
nivel de subsuelo, es permitir un cambio de uso de suelo, lo cual está
expresamente prohibido y comprometería aún más las ASP", reiteró el jerarca.
Desde el Minae se resalta la oposición a este
tema,basados en la Ley de creación del Servicio de Parques Nacionales, que dice
"constituyen una forma de uso de los recursos naturales mediante la cual
éstos no se consumen, sino que se conservan para suministrar beneficios
públicos en forma permanente. Tales beneficios se refieren a aspectos
recreativos, científicos, sociales, culturales y económicos y se basan en la
conservación global del patrimonio natural e histórico del país.". Dentro de
estos beneficios de los PNs se encuentran la recreación y turismo, la
conservación de la naturaleza, la investigación científica, la educación
pública, la conservación de áreas históricas y arqueológicas y la protección de
cuencas hidrográficas, entre otras.
Adicional a lo anterior, los PNs forman parte
del Patrimonio Natural del Estado, y por consiguiente, se
encuentran bajo limitaciones de uso, dominio y disposición,por tratarse de áreas de dominio público e
inalienables pues en ellos no podrá haber corta de árboles, ni cambio de uso de
suelo ni actividades de explotación comercial, esto incluye la prohibición
expresa contenida en la Convención para la protección de la flora, fauna y
bellezas escénicas naturales de los países de América (Ley No. 3763 de 19 de
octubre de 1966),que indica: "Los
Gobiernos contratantes convienen en que los límites de los parques nacionales
no serán alterados ni enajenada parte alguna de ellos sino por acción de la
autoridad legislativa competente.Las
riquezas existentes en ellos no se explotarán con fines comerciales."
Además, en estos momentos nuestro país no
se puede justificar la necesidad de
abastecerse aún más de energía, ya que existe una sobredemanda de energía, lo
que provoca que el país aún no haya podido resolver como colocar ese excedente
en el mercado eléctrico nacional y mucho menos en el mercado eléctrico
regional. Por consiguiente, no hay justificación técnica que sostenga esta
apertura de extracción energética en PNs, pues la demanda nacional se encuentra
abastecida. No hay justificación para permitirle al ICE generar más energía que
la necesaria, ni su extracción de los PNs.