31 de enero de 2024
GOBIERNO EMITE DIRECTRIZ PARA MITIGAR EL IMPACTO DEL FENÓMENO DE EL NIÑO EN
SISTEMA ELÉCTRICO NACIONAL
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Impacto del Fenómeno de El Niño obligará a todas
las empresas distribuidoras de electricidad a tomar medidas
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Se insta a la ARESEP a establecer mecanismos
tarifarios para la implementación de tarifas eléctricas horarias
residenciales
El gobierno de la República emitió de manera previsoria la Directriz 031-MINAE para mitigar el impacto
del Fenómeno del Niño en el Sistema Eléctrico Nacional, la cual busca minimizar la necesidad de generar
electricidad con las plantas térmicas de respaldo y así reducir al máximo el
impacto de este fenómeno en las tarifas eléctricas y en las emisiones causantes
del cambio climático.
Según explicó el presidente de la República, Rodrigo
Chaves, esta medida se toma en beneficio del planeta y de la ciudadanía.
"Actuamos una vez más con base en el criterio científico
del Instituto Meteorológico Nacional (INM), quienes en reiteradas ocasiones han
alertado de la disminución en el porcentaje de lluvias en algunas regiones del
país, y que nos enfrentamos a una sequía meteorológica".
Según detalló Franz Tattenbach, ministro de Ambiente y
Energía, se prevé que la fase El Niño del fenómeno ENOS se prolongará hasta
marzo del 2024; situación que afecta la demanda de electricidad generada a
partir de fuente hídrica.
Por medio de la Directriz 031-MINAE, se faculta e insta a
la ARESEP a que establezca los mecanismos necesarios para implementar tarifas
eléctricas horarias residenciales, aplicable a todas las distribuidoras, que
beneficie e incentive a los hogares, a trasladar parte del consumo en horas de
mayor demanda, a horas con menor demanda y mejores precios.
Se insta a las empresas distribuidoras a: 1) Trasladar
las demandas máximas de electricidad durante el periodo de alto consumo a
períodos nocturnos para reducir la generación térmica. 2) Aportar información y
proponer nuevos esquemas tarifarios a la ARESEP para apoyarla en el
cumplimiento de estas disposiciones. 3) Promover campañas de ahorro y
eficiencia energética para disminuir la demanda durante los periodos pico. 4)
Implementar esquemas para desplazar carga por demanda "interrumpible" enfocado
a los grandes consumidores.
Se declara de interés público: 1) La construcción y
puesta en marcha de los proyectos de generación de electricidad a base de
fuentes renovables que se encuentren en etapa de planificación o construcción
al momento de publicar la presente directriz. 2) El desarrollo de proyectos de
generación que se pueden implementar bajo la Ley que Autoriza la Generación
Eléctrica Autónoma o Paralela y 3) La Ley de Fortalecimiento y Modernización de
las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, que otorga al ICE y a la
Compañía Nacional de Fuerza y Luz, la facultad para que potencien el desarrollo
de esquemas de asociación empresarial para proyectos de generación.
Se instruye al ICE para que se dé prioridad a los
procesos de interconexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) de los proyectos
con fuentes renovables que sean desarrollados al amparo de esta directriz. Por
otro lado, los proyectos con inyección a nivel de la Red de Distribución,
únicamente requerirán estudios de interconexión a nivel de Distribución. Se le
solicita al ICE seguir usando los intercambios de energía en el Mercado
Eléctrico Regional para optimizar el uso de los recursos del sistema. Se insta
al ICE a determinar el plazo y la dimensión requerida para adicionar capacidad
de generación al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) y justificar la necesidad de
los nuevos activos productivos de electricidad y el impacto en las tarifas
eléctricas productivos de electricidad. Para esto, todas las empresas
distribuidoras deberán entregar la información de demanda proyectada y
proyectos de generación, con el fin de integrarlos a la planificación que
realiza el ICE.
Se instruye a todas las Empresas Distribuidoras de
electricidad para que contraten energía proveniente de la biomasa residual de
procesos agroindustriales; siempre que se demuestre el beneficio económico de
dicha generación. Se insta a ARESEP para que actualice las metodologías
tarifarias en un plazo máximo de tres meses con la finalidad de habilitar el
reconocimiento de los elementos necesarios para este tipo de fuente de energía.
Por otro lado, a valorar la contratación de energía proveniente de la
generación con residuos sólidos municipales; siempre que se cumplan con las
condiciones establecidas. Además, de que actualice las metodologías para la
determinación de tarifas de referencia para plantas de generación eléctrica con
residuos sólidos municipales (RSM).
Se solicita a todas las empresas distribuidoras de
Energía que habiliten los mecanismos para comprar los excedentes de energía de Generación
Distribuida y la compra de excedentes entre empresas Distribuidoras
establecidos en la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades
Públicas del Sector Telecomunicaciones. Y a la ARESEP, facilitar el desarrollo
y reconocimiento tarifario de las compras de excedentes de energía indicadas
según las tarifas ya existentes.