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30 setiembre 2022

DECI 033-2022

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FIRMA LEY DE PROTECCIÓN AL PEZ SIERRA

·         Iniciativa reafirma compromiso país con la protección de las especies marinas

·         Protección legal no solo significa tener ecosistemas más diversos y saludables, sino que también es importante para mantener las pesquerías costeras.

Esta mañana en medio del Consejo de Gobierno en Puntarenas, el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, el ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach y el ministro de Agricultura, Víctor Julio Carvajal Porras firmaron la Ley de Protección al Pez Sierra.

Esta iniciativa modifica el artículo 39 de la Ley de Pesca y Acuicultura, Ley N.º 8436, de 20 de febrero de 2005, de 1 de marzo del 2005, para que se prohíba la caza marítima, la captura de cetáceos, pinnípedos, pristidae y quelonios, así como el aprovechamiento de sus lugares de cría, salvo lo establecido en los convenios o tratados internacionales debidamente ratificados por Costa Rica.

Al respecto, el ministro de Ambiente, Franz Tattenbach explicó que el pez sierra es una especie que habita en agua dulce y salada, se encuentra en el Pacífico, Caribe y Zona Norte de nuestro país. Las amenazas a su hábitat, así como su captura lo tiene en riesgo crítico de extinción.

"Al Ministerio de Ambiente y Energía ( MINAE),como el ente rector de los bienes de dominio (fauna), e interés (flora) público,  le corresponde una gobernanza y responsabilidades compartidas, por lo tanto, celebramos que se haya aprobado la Ley donde se prohíbe la caza, captura, así como el aprovechamiento para la conservación de las especies marinas que nos son de interés pesqueros, salvo lo establecido en los convenios o tratados internacionales debidamente ratificados por Costa Rica", añadió.

Sobre este tema, es importante resaltar que de las cinco especies de pez sierra que existen en el mundo, pertenecientes a la familia de las rayas (peces cartilaginosos), se encuentran en peligro crítico de extinción según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).

Además, todas las especies de peces sierra han sido incluidas en el Apéndice I de Cites (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), y en el Apéndice I de la CMS (Convención de Especies Migratorias), los cuales prohíben su extracción y exportación.

El pez sierra se caracteriza por su gran tamaño (puede medir más seis metros) y posee un rostro alargado en forma de sierra o serrucho.

En Costa Rica habitan dos especies: el de dientes grandes (Pristis pristis) que se encuentra en ambas costas, mientras que el de dientes pequeños (Pristis pectinata) solo está en el Caribe.

En el país, hace unos 20-30 años, ambas especies de pez sierra solían ser muy comunes en costa la Pacífica, Caribe y en la zona norte del país, principalmente en los ríos que desembocan en el río San Juan.  Sin embargo, su distribución actual está mucho más restringida a localidades como el Humedal Nacional Térraba-Sierpe, la boca del río Tempisque y algunos afluentes del río San Juan en San Carlos (Boca San Carlos y La Cureña).  Debido a que varias de las poblaciones de pez sierra en el mundo han sido declaradas extintas, resulta crucial identificar sitios en Costa Rica donde aún se encuentre esta especie.  También es importante determinar las principales amenazas que afectan su sobrevivencia, así como identificar posibles formas en las que se podrían recuperar las poblaciones.  Solo mediante el desarrollo de medidas de manejo y conservación efectivas podremos asegurar el futuro de esta especie tan emblemática.

El pez sierra posee un papel ecológico importante como depredador tope, controlando la abundancia y distribución de especies más pequeñas. Habita ambientes como humedales, ríos y manglares, los cuales son zonas de crianza para muchas otras especies de interés económico.

Por lo tanto, su protección legal no solo significa tener ecosistemas más diversos y saludables, sino que también es importante para mantener las pesquerías costeras.

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