30 setiembre
2022
DECI 033-2022
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FIRMA LEY DE PROTECCIÓN AL PEZ SIERRA
·
Iniciativa reafirma compromiso país
con la protección de las especies marinas
·
Protección legal no solo significa tener
ecosistemas más diversos y saludables, sino que también es importante para
mantener las pesquerías costeras.
Esta mañana en
medio del Consejo de Gobierno en Puntarenas, el presidente de la República,
Rodrigo Chaves Robles, el ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach y el ministro de Agricultura, Víctor Julio Carvajal Porras firmaron la Ley de
Protección al Pez Sierra.
Esta iniciativa
modifica el artículo 39 de la Ley de Pesca y Acuicultura, Ley N.º 8436, de 20
de febrero de 2005, de 1 de marzo del 2005, para que se prohíba la caza
marítima, la captura de cetáceos, pinnípedos, pristidae
y quelonios, así como el aprovechamiento de sus lugares de cría, salvo lo
establecido en los convenios o tratados internacionales debidamente ratificados
por Costa Rica.
Al respecto, el
ministro de Ambiente, Franz Tattenbach explicó que el
pez sierra es una especie que habita en agua dulce y salada, se encuentra en el
Pacífico, Caribe y Zona Norte de nuestro país. Las amenazas a su hábitat, así
como su captura lo tiene en riesgo crítico de extinción.
"Al Ministerio de
Ambiente y Energía ( MINAE),como el
ente rector de los bienes de dominio (fauna), e interés (flora) público,
le corresponde una gobernanza y responsabilidades compartidas, por lo
tanto, celebramos que se haya aprobado la Ley donde se prohíbe la caza,
captura, así como el aprovechamiento para la conservación de las especies
marinas que nos son de interés pesqueros, salvo lo establecido en los convenios
o tratados internacionales debidamente ratificados por Costa Rica", añadió.
Sobre este tema, es
importante resaltar que de las cinco especies de pez sierra que existen en el
mundo, pertenecientes a la familia de las rayas (peces cartilaginosos), se
encuentran en peligro crítico de extinción según la Unión Internacional para la
Conservación de la Naturaleza (UICN).
Además, todas las
especies de peces sierra han sido incluidas en el Apéndice I de Cites
(Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y
Flora Silvestres), y en el Apéndice I de la CMS (Convención de Especies
Migratorias), los cuales prohíben su extracción y exportación.
El pez sierra se
caracteriza por su gran tamaño (puede medir más seis metros) y posee un rostro
alargado en forma de sierra o serrucho.
En Costa Rica
habitan dos especies: el de dientes grandes (Pristis
pristis) que se encuentra en ambas costas,
mientras que el de dientes pequeños (Pristis
pectinata) solo está en el Caribe.
En el país, hace unos 20-30 años, ambas especies de
pez sierra solían ser muy comunes en costa la Pacífica, Caribe y en la zona
norte del país, principalmente en los ríos que desembocan en el río San
Juan. Sin embargo, su distribución actual está mucho más restringida a
localidades como el Humedal Nacional Térraba-Sierpe, la boca del río Tempisque
y algunos afluentes del río San Juan en San Carlos (Boca San Carlos y La
Cureña). Debido a que varias de las poblaciones de pez sierra en el mundo
han sido declaradas extintas, resulta crucial identificar sitios en Costa Rica
donde aún se encuentre esta especie. También es importante determinar las
principales amenazas que afectan su sobrevivencia, así como identificar
posibles formas en las que se podrían recuperar las poblaciones. Solo
mediante el desarrollo de medidas de manejo y conservación efectivas podremos
asegurar el futuro de esta especie tan emblemática.
El pez sierra posee
un papel ecológico importante como depredador tope, controlando la abundancia y
distribución de especies más pequeñas. Habita ambientes como humedales, ríos y
manglares, los cuales son zonas de crianza para muchas otras especies de
interés económico.
Por lo tanto, su
protección legal no solo significa tener ecosistemas más diversos y saludables,
sino que también es importante para mantener las pesquerías costeras.